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- Acreditación como miembro benefactor o como miembro benefactor estudiante.
- Obsequio a los nuevos benefactores y a los antiguos que promuevan una nueva incorporación.
- Invitación, con acompañante si el aforo lo permite, al “Día de la Fundación pro Real Academia Española”, celebrado en la sede institucional de la Academia. En el caso de los benefactores residentes fuera de Madrid, la Fundación ofrecerá facilidades para el alojamiento en hoteles próximos a la Real Academia Española.
- Invitación a los actos públicos organizados por la Academia tanto en su sede como en diferentes lugares del territorio nacional (según la naturaleza del acto y el aforo disponible, podrán aplicarse criterios de restricción geográfica).
- Invitación a lecciones y ciclos de conferencias académicas -académicos españoles e hispanoamericanos- (necesaria inscripción: aforo limitado). Los textos serán publicados en la colección de la Fundación pro RAE y se enviará el ejemplar gratuitamente a todos los benefactores.
- Suscripción anual gratuita al Boletín de la Fundación pro Real Academia Española.
- Suscripción mensual gratuita al nuevo Boletín de información lingüística de la RAE.
- Canal preferente de atención en el servicio de consultas lingüísticas que ofrece a través de Internet el departamento de “Español al día” de la Academia.
- Envío de las notas periódicas con recomendaciones lingüísticas que emite la Academia al hilo de la actualidad informativa.
- Descuento en la adquisición de publicaciones del fondo editorial de la Academia en los puntos de venta establecidos.
- Entrada gratuita a la Casa Museo Lope de Vega y posibilidad de visita guiada (concertada).
- Asistencia, mediante invitación, a las exposiciones temporales y actividades culturales organizados en la Casa Museo Lope de Vega.
- Organización de viajes a lugares de especial interés lingüístico o cultural, en colaboración con otras entidades, como la Fundación de Casas Históricas y Singulares.
- Invitaciones, o descuentos en la entrada, a actos y exposiciones organizados por entidades concertadas. Los beneficios ofrecidos por las entidades colaboradoras se anunciarán en la página electrónica de la Fundación.
- Desgravación fiscal prevista en la normativa reguladora sobre la Renta de las Personas Físicas.
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