Diccionario panhispánico de dudas

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contradecir(se). 1. Dicho de una persona, ‘decir lo contrario [de algo dicho por otro, o por uno mismo], o negar que sea cierto’ y, dicho de una cosa, ‘desmentir [algo] o demostrar que no es cierto’. Verbo irregular: se conjuga como decir ( apéndice 1, n.º 28), salvo en la segunda persona del singular del imperativo no voseante, cuya forma es contradice (tú), y no contradí. No obstante, en el futuro simple o futuro de indicativo y en el condicional simple o pospretérito, junto a las formas irregulares, se emplean con normalidad, en ciertas zonas, las formas regulares: contradiré o contradeciré, contradirás o contradecirás, etc.; contradiría o contradeciría, contradirías o contradecirías, etc. El participio es contradicho, no contradecido.

2. El complemento directo puede expresar lo que se niega o desmiente: «El jefe de obras contradice la versión de los directivos de la constructora» (Mundo [Esp.] 25.4.94); o bien la persona que ha realizado la afirmación que se niega o desmiente: «Los argentinos, en cambio, no emigraban.Sí que emigraban. La gente del Chacho y de Varela claro que emigraba [...] —lo contradijo Moncho» (Nación [Arg.] 28.6.92).

Diccionario panhispánico de dudas 2005
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