Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

Ver definición de licencia en la edición actual

licencia.

(Del lat. licentĭa).

1. f. Permiso para hacer algo.

2. f. Documento en que consta la licencia.

3. f. Abusiva libertad en decir u obrar.

4. f. Grado de licenciado.

5. f. claustro de licencias.

6. f. Der. Resolución de la Administración por la que se autoriza una determinada actividad. Licencia de obras. Licencia de armas.

7. f. pl. Permiso que dan a los eclesiásticos los superiores para celebrar, predicar, etc., por tiempo indefinido.

~ absoluta.

1. f. Mil. La que se concede a los militares eximiéndolos completa y definitivamente del servicio.

~ de artes.

1. f. Junta particular que en la Universidad española de Alcalá formaban quienes por designación del claustro pleno examinaban a los bachilleres de ella, y, hallándolos hábiles, arreglaban el rótulo o graduación de preferencia con que habían de tomar el grado de licenciado.

~ poética.

1. f. Infracción de las leyes del lenguaje o del estilo que puede cometerse lícitamente en la poesía, por haberla autorizado el uso con aprobación de los doctos.

primero, segundo, etc., en ~s.

1. locs. adjs. En la Universidad española de Alcalá, se decía de quienes en las licencias se señalaban para que recibiesen por este orden el grado de una facultad.

tomarse alguien la ~.

1. loc. verb. Hacer por sí e independientemente algo sin pedir la licencia o facultad que por obligación o cortesía se necesita para ejecutarlo.

Diccionario de la lengua española (2001)
Real Academia Española © Todos los derechos reservados

cerrar

Buscador general de la RAE