Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

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voto.

(Del lat. votum).

1. m. Expresión pública o secreta de una preferencia ante una opción.

2. m. Gesto, papeleta u otro objeto con que se expresa tal preferencia.

3. m. Parecer o dictamen explicado en una congregación o junta en orden a una decisión.

4. m. Persona que da o puede dar su voto.

5. m. Ruego o deprecación con que se pide a Dios una gracia.

6. m. Juramento o execración en demostración de ira.

7. m. Ofrenda dedicada a Dios o a un santo por un beneficio recibido.

8. m. deseo.

9. m. Rel. Promesa que se hace a la divinidad o a las personas santas, ya sea por devoción o para obtener determinada gracia.

10. m. Rel. Cada uno de los prometimientos que constituyen el estado religioso y tiene admitidos la Iglesia, como son la pobreza, la castidad y la obediencia.

~ activo.

1. m. Facultad de votar que tiene el individuo de una corporación.

~ acumulado.

1. m. voto en que puede el elector reunir todos sus sufragios en favor de algunos y aun de uno solo de los candidatos.

2. m. voto que se suma a los demás obtenidos por un mismo candidato en diversos distritos, facilitando el triunfo del que, sin arraigo bastante en una determinada circunscripción, goza de prestigio general.

~ consultivo.

1. m. Dictamen que dan algunas corporaciones o personas autorizadas a quienes han de decidir un negocio.

~ cuadragesimal.

1. m. voto que hacen en algunas órdenes los religiosos, de observar todo el año la misma abstinencia que en Cuaresma.

~ de amén.

1. m. coloq. voto de la persona que se conforma siempre y ciegamente con el dictamen ajeno.

2. m. coloq. Esta misma persona.

~ de calidad.

1. m. El que, por ser de persona de mayor autoridad, decide la cuestión en caso de empate.

~ de censura.

1. m. voto que emiten las Cámaras o corporaciones negando su confianza al Gobierno o junta directiva.

~ decisivo.

1. m. voto que los ministros de algunos tribunales tenían para resolver por sí y sin consultar al superior.

~ de confianza.

1. m. Aprobación que las Cámaras dan a la actuación de un Gobierno en determinado asunto, o autorización para que actúe libremente en tal caso.

2. m. Aprobación y autorización que se da a alguien para que efectúe libremente una gestión.

~ de reata.

1. m. coloq. voto que se da sin conocimiento ni reflexión, y solo por seguir el dictamen de otro.

2. m. coloq. Persona que procede así.

~ de Santiago.

1. m. Tributo en trigo o pan que por las yuntas que tenían daban los labradores de algunas provincias a la iglesia de Santiago de Compostela.

~ informativo.

1. m. voto que no tiene efecto ejecutivo.

~ particular.

1. m. Dictamen que uno o varios individuos de una comisión presentan diverso del de la mayoría.

~ pasivo.

1. m. voz pasiva (aptitud para ser votado por una corporación).

~ plural.

1. m. voto que se concede por privilegio a ciertos ciudadanos, además del sufragio igualatorio de otros, en atención a la cultura, la riqueza, el cargo ejercido o la madurez de edad.

~ restringido.

1. m. voto en que, para facilitar la representación de minorías, el elector ha de votar menos representantes de los que hayan de elegirse.

~ secreto.

1. m. voto que se emite por papeletas dobladas, por bolas blancas y negras, o de otro modo en que no aparezca el nombre del votante.

~ simple.

1. m. Promesa hecha a Dios sin solemnidad exterior de derecho.

~ solemne.

1. m. voto que se hace públicamente con las formalidades de derecho, como sucede en la profesión religiosa.

~ útil.

1. m. voto que ante una decisión se emite a favor de una opción que, aun no siendo la preferida, tiene mayores posibilidades de derrotar a otra cuyo triunfo no se desea.

hacer ~s.

1. loc. verb. Expresar un deseo favorable a algo. Hago votos por su restablecimiento.

regular los ~s.

1. loc. verb. Contarlos, y confrontar unos con otros.

ser, o tener, ~ alguien.

1. locs. verbs. Tener acción para votar en alguna junta.

2. locs. verbs. Tener el conocimiento que requiere la materia de que se trata, para poder juzgar de ella, o estar libre de pasión u otro motivo que pueda torcer o viciar el dictamen. U. m. con neg., y con especialidad en este sentido, para rechazar el dictamen de quien se cree que está apasionado.

~ va.

1. loc. interj. coloq. voto a tal.

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