Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

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sentencia.

(Del lat. sententĭa).

1. f. Dictamen o parecer que alguien tiene o sigue.

2. f. Dicho grave y sucinto que encierra doctrina o moralidad.

3. f. Declaración del juicio y resolución del juez.

4. f. Decisión de cualquier controversia o disputa extrajudicial, que da la persona a quien se ha hecho árbitro de ella para que la juzgue o componga.

5. f. Inform. Secuencia de expresiones que especifica una o varias operaciones.

6. f. Ling. Oración gramatical.

~ definitiva.

1. f. Der. Aquella en que el juzgador, concluido el juicio, resuelve finalmente sobre el asunto principal, declarando, condenando o absolviendo.

2. f. Der. La que termina el asunto o impide la continuación del juicio, aunque contra ella sea admisible recurso extraordinario.

~ firme.

1. f. Der. resolución judicial firme.

~ pasada en autoridad de cosa juzgada, o ~ pasada en cosa juzgada.

1. f. Der. resolución judicial firme.

fulminar, o pronunciar, la ~.

1. locs. verbs. Der. Dictarla, publicarla.

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