Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

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fianza.

(De fiar).

1. f. Obligación que alguien adquiere de hacer algo a lo que otra persona se ha obligado en caso de que esta no lo haga.

2. f. Prenda que da el contratante en seguridad del buen cumplimiento de su obligación.

3. f. Cosa que se sujeta a esta responsabilidad, especialmente cuando es dinero, que pasa a poder del acreedor, o se deposita y consigna.

4. f. Persona que abona a otra para la seguridad de una obligación.

5. f. ant. confianza.

6. f. ant. finca.

~ de arraigo.

1. f. Der. fianza que se exige de algunos litigantes, especialmente si son extranjeros y demandan a un español, de que permanezcan en el juicio y respondan a sus resultas.

~ de estar a derecho.

1. f. Der. fianza que presta un tercero de que el demandado se presentará al llamamiento del juez siempre que este lo ordenare.

dar ~.

1. loc. verb. Der. Presentar ante el juez persona o bienes que queden obligados al pago en caso de faltar el principal a su obligación.

poner en ~.

1. loc. verb. Veter. Poner la mano o pie de la caballería en estiércol humedecido con agua, para que, reblandeciéndose el casco, se hierre con más facilidad.

V.

contrato de fianza

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