Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

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feudo.

(Del b. lat. feudum).

1. m. Contrato por el cual los soberanos y los grandes señores concedían en la Edad Media tierras o rentas en usufructo, obligándose quien las recibía a guardar fidelidad de vasallo al donante, prestarle el servicio militar y acudir a las asambleas políticas y judiciales que el señor convocaba.

2. m. Reconocimiento o tributo con cuya condición se concedía el feudo.

3. m. Dignidad o heredamiento que se concedía en feudo.

4. m. Respeto o vasallaje.

5. m. Propiedad o bien exclusivo.

~ de cámara.

1. m. El que estaba constituido en renta anual de dinero sobre la hacienda del señor, inmueble o raíz.

~ franco.

1. m. El que se concedía libre de obsequio y servicio personal.

~ impropio.

1. m. Aquel al que faltaba alguna circunstancia de las que pedía la constitución del feudo riguroso; como el feudo de cámara, el franco, etc.

~ ligio.

1. m. Aquel en que el feudatario quedaba tan estrechamente subordinado al señor, que no podía reconocer otro con subordinación semejante, a distinción del vasallaje en general, que se podía dar respecto de diversos señores.

~ propio.

1. m. Aquel en que concurrían todas las circunstancias que pedía su constitución para hacerlo riguroso; como el feudo recto.

~ recto.

1. m. El que contenía obligación de obsequio y servicio personal, determinado o no.

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