Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

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absolución.

(Del lat. absolutĭo, -ōnis).

1. f. Acción de absolver.

~ de la demanda.

1. f. Der. Terminación del pleito enteramente favorable al demandado.

~ de posiciones.

1. f. Der. En la prueba de confesión o interrogatorio de las partes, acto de responder el litigante bajo juramento o promesa a las preguntas de la otra parte.

~ en la instancia.

1. f. Der. Pronunciamiento realizado en la sentencia cuando un juez o un tribunal acoge una excepción procesal y se abstiene de resolver el fondo.

~ general.

1. f. absolución que se otorga a una pluralidad de personas.

2. f. absolución que imparte un sacerdote católico, sin que preceda la confesión individual de los pecados, a un penitente o a varios, en peligro de muerte o por necesidad grave y urgente.

~ libre.

1. f. Der. Terminación del juicio criminal por fallo en que se declara la inocencia del reo.

~ plenaria.

1. f. absolución general.

~ sacramental.

1. f. Acto de absolver el confesor al penitente.

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