Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

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tutela.

(Del lat. tutēla).

1. f. Autoridad que, en defecto de la paterna o materna, se confiere para cuidar de la persona y los bienes de aquel que, por minoría de edad o por otra causa, no tiene completa capacidad civil.

2. f. Cargo de tutor.

3. f. Dirección, amparo o defensa de una persona respecto de otra.

~ dativa.

1. f. Der. La que se confiere por nombramiento del consejo de familia o del juez y no por disposición testamentaria ni por designación de la ley.

~ ejemplar.

1. f. Der. La que se constituye para cuidar de la persona y de los bienes de los incapacitados mentalmente.

~ legítima.

1. f. Der. La que se confiere por virtud de llamamiento que hace la ley.

~ testamentaria.

1. f. La que se defiere por virtud de llamamiento hecho en el testamento de una persona facultada para ello.

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