Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

Ver definición de notario, notaria en la edición actual

notario, ria.

(Del lat. notarĭus).

1. m. y f. Funcionario público autorizado para dar fe de los contratos, testamentos y otros actos extrajudiciales, conforme a las leyes.

2. m. y f. Persona que deja testimonio de los acontecimientos de los que es testigo.

3. m. El que desempeñaba la labor de escribano y daba fe de escritos y otros actos.

4. m. desus. El que en lo antiguo escribía con abreviaturas.

5. m. desus. El que escribía al dictado.

notario de diligencias.

1. m. notario que solo estaba habilitado para practicar las correspondientes a la ejecución de autos, acuerdos o decretos judiciales.

notario mayor de los reinos.

1. m. Ministro de Justicia.

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