Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

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consecuencia.

(Del lat. consequentĭa).

1. f. Hecho o acontecimiento que se sigue o resulta de otro.

2. f. Correspondencia lógica entre la conducta de una persona y los principios que profesa.

3. f. Fil. Proposición que se deduce de otra o de otras, con enlace tan riguroso, que, admitidas o negadas las premisas, es ineludible el admitirla o negarla.

4. f. Fil. Ilación o enlace del consiguiente con sus premisas.

a ~ de.

1. loc. prepos. Por efecto, como resultado de.

en ~.

1. loc. adv. U. para denotar que algo que se hace o ha de hacer es conforme a lo dicho, mandado o acordado anteriormente.

guardar ~.

1. loc. verb. Proceder con orden y conformidad en los dichos o hechos.

por ~.

1. loc. adv. U. para dar a entender que algo se sigue o infiere de otra cosa.

ser de ~ algo.

1. loc. verb. Ser de importancia, consideración o monta.

tener ~s algo.

1. loc. verb. Tener o traer resultas un hecho o suceso, o producir necesariamente otros.

traer a ~ algo.

1. loc. verb. Ponerlo en consideración para que aumente o disminuya la estimación o valor de lo que se trata.

traer ~s algo.

1. loc. verb. tener consecuencias.

traer en ~ algo.

1. loc. verb. Traerlo o alegarlo por ejemplar de otra cosa.

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