Reglamento del Premio Real Academia Española

  1. La Real Academia Española, a través de la Fundación Premios Real Academia Española, convocará anualmente el Premio Real Academia Española, que se concederá, en años alternos, a una obra de creación literaria en cualquiera de sus géneros (Premio Real Academia Española de creación literaria) y a una obra de investigación filológica general o hispánica (Premio Real Academia Española de investigación filológica).  
  2. El Premio Real Academia Española tendrá una dotación económica de 20 000 euros, que se entregará junto con una medalla conmemorativa.  
  3. Podrán ser candidatas al Premio Real Academia Española todas las obras escritas originalmente en español y publicadas en primera edición en los dos años inmediatamente anteriores al de la concesión del premio. A estos efectos, los datos del ISBN serán los únicos determinantes. No podrán presentarse obras previamente publicadas aunque la nueva edición sea corregida y aumentada.  
  4. No podrán ser candidatas al premio obras de académicos de número ni académicos electos de la Real Academia Española ni de ninguna de sus academias correspondientes. A estos efectos, tal condición será considerada con relación a la fecha final del período de recepción de candidaturas.  
  5. Cada candidatura deberá ser presentada por un mínimo de tres académicos numerarios de la RAE o de cualquiera de sus academias correspondientes. Asimismo, tienen esta facultad los ganadores del premio en las convocatorias anteriores. Para las convocatorias relativas a obras de investigación filológica general o hispánica, podrán asimismo presentar candidaturas departamentos o facultades universitarias, así como institutos de investigación literaria, lingüística y filológica del ámbito hispánico. Las candidaturas deberán tener entrada en la Secretaría académica antes de las doce de la noche (hora peninsular española) del día 31 de mayo del año correspondiente a la convocatoria.  
  6. La comisión que dictaminará la concesión del premio estará presidida por el director de la Academia e integrada, además, por otros cuatro académicos de número de la Real Academia Española, designados por su director de acuerdo con el artículo XVI de los estatutos, oído el pleno. La comisión será nombrada en la primera quincena del mes de junio.  
  7. El premio será indivisible y, en su caso, podrá ser declarado desierto. En la primera sesión académica del mes de octubre, la comisión comunicará su decisión al pleno para que este, en cumplimiento de la norma por él adoptada, la haga suya. Al término del Pleno, el fallo se hará público.  
  8. El premio será entregado el Día de la Fundación pro Real Academia Española.  
  9. La Secretaría de la Real Academia Española dará la debida difusión a la convocatoria y concesión del premio.
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