correlación de tiempos

Sinónimos: consecutio temporum, concordancia temporal, concordancia de tiempos.

Relacionados: tiempo, subordinación

Referencias: NGLE § 24.7-24.9 | GDLE § 47, 55.3.2.2

Correspondencia que se establece entre dos formas verbales, como la que se da entre el tiempo verbal de la oración principal y el tiempo de la subordinada de una oración compuesta por subordinación (Nos dirá que no terminó el trabajo por falta de financiación). El tiempo de la oración subordinada depende del tiempo verbal de la oración principal, en la medida en que la referencia temporal de la subordinada no se orienta en relación con el momento de la enunciación, sino con respecto al tiempo verbal de la oración principal. Así, el pretérito perfecto simple de la subordinada del ejemplo (terminó) expresa anterioridad con respecto al futuro de la principal (dirá), no con respecto al momento en que se emite el enunciado.

El tiempo de la oración subordinada es pues un tiempo relativo (v. tiempo) que se ancla en el tiempo de la principal, y que puede establecer con él tres tipos de relación: relación de anterioridad, como en el ejemplo mencionado; relación de simultaneidad (Oyó que la llamaban por megafonía) o relación de posterioridad (Creo que aprobaré todas las asignaturas).

REAL ACADEMIA ESPAÑOLA Y ASOCIACIÓN DE ACADEMIAS DE LA LENGUA ESPAÑOLA: «Glosario de términos gramaticales», [versión 1.0 en línea]. <https://www.rae.es/gtg/correlación-de-tiempos> [2024-06-01].

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