Congreso de los Diputados (foto: Creative Commons)

Conozca la definición de investidura

22 de Julio de 2019

Con motivo del debate de investidura que se celebra hoy y mañana, donde el candidato a la presidencia del Gobierno, Pedro Sánchez, se somete a votación en el Congreso de los Diputados de España, les recordamos las definiciones sobre investidura que recoge el Diccionario del español jurídico, disponible en la página web de la Real Academia Española:

investidura

1. Gral. Acto por el que una autoridad o funcionario público recibe la titularidad de un órgano y puede ejercer en lo sucesivo las facultades y atribuciones que el ordenamiento jurídico asigna al órgano mismo.

2. Hist. Facultad exclusiva del papa, declarada por Gregorio VII, para atribuir la condición clerical y religiosa, que dio lugar al conflicto conocido como «querella de las investiduras», provocado por la resistencia de Enrique IV y otros príncipes alemanes a aceptar una merma de su poder que incluía la posibilidad de realizar ellos mismos tales investiduras.? El conflicto duró varios lustros hasta que, finalmente, se puso fin a la querella mediante el Concordato de Worms, firmado el 22 de septiembre de 1122, ratificado un año más tarde por el Concilio Ecuménico de Letrán. El acuerdo entre la Santa Sede y el Imperio consistió en reservar al poder eclesiástico la investidura clerical mediante la entrega del anillo y el báculo, y al poder civil la investidura feudal, que implicaba el otorgamiento de regalías y otras atribuciones.

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