Introducción

2. La ortografía

2.3. Las reglas ortográficas

La ortografía, en cuanto conjunto o corpus de convenciones que fijan las pautas de la correcta escritura de una lengua, tiene un carácter esencialmente normativo. Se concreta en reglas que deben ser respetadas por todos los hablantes que deseen escribir con corrección, y su incumplimiento da lugar a lo que se conoce como «faltas de ortografía».

Las reglas ortográficas pueden ser generales o particulares. Las primeras afectan a todo un ámbito de la escritura, mientras que las segundas se aplican a la escritura de palabras concretas. Las reglas generales suelen formar parte del núcleo constitutivo de cada uno de los subsistemas ortográficos (letras, diacríticos, mayúsculas, etc.). Una regla general del subsistema de las letras sería, por ejemplo, en una lengua de escritura alfabética como la nuestra, la siguiente: «El fonema /b/ se representa en español con las letras b, v y w»; serían, en cambio, reglas particulares formulaciones como «[bárro] se escribe con b», «[bérso] se escribe con v» y «[bagneriáno] se escribe con w». En el subsistema acentual, serían reglas generales afirmaciones como «Se escriben con tilde todas las palabras esdrújulas» o «Los monosílabos no llevan tilde, salvo los afectados por la tilde diacrítica»; sería, en cambio, particular una regla como «El adverbio se escribe con tilde».

Dado que la forma escrita de cada término del vocabulario de una lengua es el resultado de un largo proceso histórico, la manera como se ha de escribir constituye, en la mayoría de los casos, una regla particular del tipo «[bájo] se escribe bajo», «[arína] se escribe harina», etc. Estas reglas particulares no se formulan normalmente en las ortografías, sino, de forma implícita, en los diccionarios. Así pues, en cada una de las entradas del diccionario que cada comunidad lingüística establece como referente de autoridad para su norma escrita, aparte de las informaciones de carácter etimológico, gramatical y semántico, existe una regla ortográfica no explícita que señala, en la propia forma gráfica del lema o voz en él registrada, cuál es la escritura correcta de cada palabra.

La aplicación de estas reglas particulares plantea dudas a los hablantes, especialmente cuando existe más de una posibilidad gráfica para representar un determinado fonema. Por ello, la didáctica de la ortografía ha buscado regularidades en la escritura de las palabras con el fin de poder ofrecer a los usuarios pautas que los ayuden a resolver esas dudas y vacilaciones. Estas pautas, aunque tengan la apariencia de reglas, y así se las haya denominado tradicionalmente, son meras notas orientadoras, con frecuencia llenas de excepciones, del tipo «Se escriben con b los verbos terminados en -bir, excepto hervir, servir, vivir y sus compuestos o derivados». No son reglas ortográficas generales, sino generalizaciones inductivas hechas con fines didácticos a partir de las reglas particulares que dictaminan cómo se escribe cada palabra. No se escribe con b el verbo recibir porque termine en -bir, sino al contrario: la didáctica de la ortografía ha creado esta nota orientadora porque entre los verbos que terminan en -bir predominan los que se escriben con b.

     

    Ortografía de la lengua española
    Real Academia Española © Todos los derechos reservados

    cerrar

    Buscador general de la RAE