Primeros estatutos, 1715

Organización

Estatutos

La misión y la actividad de la Academia, inseparables de la evolución de la vida política, social y cultural española a lo largo de la historia, han quedado plasmadas en los sucesivos estatutos y reglamentos.

Con diversas modificaciones, un total de cinco estatutos han regulado la actividad y el funcionamiento de la institución desde 1713 hasta la actualidad:

1715

Aprobados por el rey Felipe V, en ellos se establece la finalidad de la Academia, se fija en veinticuatro el número de sus miembros, se reglamentan las obligaciones de los académicos y las funciones de los cargos de director y de secretario, así como del «impresor propio»; queda determinada la reunión plenaria semanal y su desarrollo (protocolo, oración al principio y al final de la sesión, lectura del acta de la sesión anterior, despacho de los asuntos de gobierno y trabajo lingüístico), y se definen las obras académicas. 

Texto completo en PDF.

1848

Aprobados por la reina Isabel II, conservan gran parte del texto anterior, pero incluyen cambios: se amplían las plazas de académicos de número a treinta y seis; se crean los cargos de bibliotecario y de tesorero y las comisiones para el trabajo; se define la composición de la Junta de Gobierno; se fija el protocolo de los actos públicos, y se consagra la partida presupuestaria ministerial. 

Texto completo en PDF.

1859

Aprobados por la reina Isabel II, introducen como principal novedad la separación entre los estatutos, que obligan a la corporación, y el reglamento, que desarrolla por acuerdo del Pleno la forma de llevar a cabo lo establecido por los estatutos. En estos se formalizan las figuras del «académico correspondiente» y del «académico honorario», así como el cargo de «académico adjunto» a la Junta de Gobierno; se establece la periodicidad de los cargos y se dispone la publicación de unas memorias académicas, de los discursos de ingreso y de las obras premiadas. El reglamento, aprobado por la Academia en 1861, desarrolla y concreta minuciosamente todo lo previsto en los estatutos; determina el procedimiento de elección de un nuevo académico; regula el enriquecimiento de la biblioteca; ordena la contabilidad; consagra el uso del uniforme y la medalla académicos, y fija el 23 de abril para la celebración del funeral anual por Cervantes y cuantos han cultivado las letras españolas. 

Texto completo en PDF.

1977

Aprobados por el rey Juan Carlos I, el texto considera la elección de los académicos y la duración de los cargos, en los que se introduce la limitación de edad. Incluye la obligación de mantener la Casa de Lope de Vega, que en la actualidad es propiedad de la Academia. Un real decreto de julio de 1980 incrementó en diez las plazas de académicos de número, que quedaron fijadas en cuarenta y seis. 

Texto completo en PDF.

1993

Aprobados por el rey Juan Carlos I, su innovación básica es reconocer como misión principal de la Academia la defensa de la unidad de la lengua española. Se establece la estructura orgánica actual, con el reconocimiento de la figura del vicedirector y la duplicación de los vocales adjuntos a la Junta de Gobierno; se suprime la perpetuidad de los cargos que hasta entonces la disfrutaban (secretario y bibliotecario) y se reglamenta la elección de los cargos; además, en el ámbito no académico, se crean la Gerencia y el Instituto de Lexicografía. Dos reales decretos, uno de 1995 y otro de 2005, modificaron aspectos relacionados con la elección de nuevos académicos y de cargos. También ha habido cambios en el Reglamento de la Real Academia Española en junio de 2014 (texto en PDF de los Estatutos —1993— y del Reglamento —2014—).

La última modificación incorpora la reforma acordada por el Pleno de la RAE en su sesión de 19 de febrero de 2021.

Texto completo en PDF.

cerrar

Buscador general de la RAE