Diccionario de la lengua española (2001)
Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.
audiencia.
1. f. Acto de oír las personas de alta jerarquía u otras autoridades, previa concesión, a quienes exponen, reclaman o solicitan algo.
2. f. Ocasión para aducir razones o pruebas que se ofrece a un interesado en juicio o en expediente.
3. f. Tribunal de justicia colegiado y que entiende en los pleitos o en las causas de determinado territorio.
ORTOGR. Escr. con may. inicial.
4. f. Distrito de la jurisdicción de este tribunal.
5. f. Edificio en que se reúne.
6. f. Público que atiende los programas de radio y televisión, o que asiste a un acto o espectáculo.
7. f. auditorio (‖ concurso de oyentes).
8. f. Número de personas que reciben un mensaje a través de cualquier medio de comunicación.
1. f. Der. Procedimiento por el cual quien ha sido perjudicado en un juicio en el que no participó tiene la facultad, en ciertos casos, de reabrirlo.
1. f. Tribunal de un juez eclesiástico.
1. f. Der. Tribunal con competencia en todo el territorio de España para ciertas causas penales, sociales y contencioso-administrativas.
1. f. En Indias, la que no dependía del virrey para algunos efectos.
1. f. Der. Tribunal con jurisdicción en una provincia de España.
1. f. Der. Tribunal que tenía jurisdicción sobre varias provincias de España.
dar ~ el rey, sus ministros u otras autoridades.
1. loc. verb. Admitir a las personas que tienen que exponer o solicitar algo.
1. loc. verb. Gozar de autoridad y reconocimiento.
□ V.
Diccionario de la lengua española (2001)
Real Academia Española © Todos los derechos reservados