Diccionario de la lengua española (2001)
Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.
fallo1.
(De fallar1).
1. m. Der. Sentencia de un juez o de un tribunal, y en ella, especialmente, el pronunciamiento decisivo o imperativo.
2. m. Decisión tomada por persona competente sobre cualquier asunto dudoso o disputado.
1. loc. verb. Dicho de un médico: Desahuciar a un enfermo.
2. loc. verb. coloq. Juzgar decisivamente acerca de alguien o algo.
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fallo2, lla.
(De fallar2).
1. adj. En algunos juegos de naipes, falto de un palo. ESTOY fallo A oros.
2. adj. vulg. Ál. Desfallecido, falto de fuerzas.
3. m. Falta de un palo en el juego de naipes. Tengo fallo a espadas.
4. m. Falta, deficiencia o error.
5. m. Acción y efecto de salir fallido algo.
6. m. Cuba. Turno que queda libre al no acudir la persona que lo había solicitado.
Diccionario de la lengua española (2001)
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