Diccionario de la lengua española (2001)
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derecho, cha.
1. adj. Recto, igual, seguido, sin torcerse a un lado ni a otro. Esta pared no está derecha
3. adj. Fundado, cierto, razonable.
4. adj. directo (‖ que va sin detenerse en puntos intermedios). Id derechos al asunto
5. adj. Dicho de una parte del cuerpo humano: Que está situada en el lado opuesto al del corazón. Los diestros utilizan la mano derecha
6. adj. Que está situado en el lado opuesto al del corazón del observador.
7. adj. Que cae hacia la parte derecha de un objeto. El jardín que hay a la parte derecha de la casa
8. adj. Dicho de lo que hay en una cosa que se mueve: Que está en su parte derecha o cae hacia ella, según el sentido de su marcha o avance. El faro derecho del autobús La orilla derecha del río
9. m. Facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida.
10. m. Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite en ella.
11. m. Consecuencia natural del estado de una persona, o de sus relaciones con respecto a otras. El derecho del padre Los derechos de la amistad
12. m. Acción que se tiene sobre una persona o sobre una cosa.
14. m. Conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva.
15. m. Ciencia que estudia estos principios y preceptos.
16. m. Exención, franquicia, privilegio.
17. m. Facultad que abraza el estudio del derecho en sus diferentes órdenes.
18. m. Lado de una tela, papel, tabla, etc., en el cual, por ser el que ha de verse, aparecen la labor y el color con la perfección conveniente.
19. m. p. us. Sendero, camino.
20. m. pl. Cantidad que se paga, con arreglo a arancel, por la introducción de una mercancía o por otro hecho consignado por la ley. Derechos aduaneros, notariales
21. m. pl. Cantidad que se cobra en ciertas profesiones, como la de notario, arquitecto, etc.
22. f. mano derecha.
23. f. Dirección correspondiente al lado derecho. Tuerza por la primera a la derecha
24. f. Camino que llevan los perros cuando siguen la caza.
25. (Por la posición que ocupaban los componentes en las asambleas de la Revolución Francesa). f. En las asambleas parlamentarias, los representantes de los partidos conservadores.
26. f. Conjunto de personas que profesan ideas conservadoras.
27. f. ant. Conjunto de perros de caza que se sueltan, según determinadas reglas, para seguir la res.
28. adv. m. derechamente.
1. m. Parte del ordenamiento jurídico, que regula la Administración Pública, su organización y sus servicios, así como sus relaciones con los ciudadanos.
1. m. El creado al amparo de una legislación y que merece respeto de las posteriores. U. m. en pl.
1. m. coloq. Última y vana actitud de protesta que adopta o puede adoptar el que se siente defraudado en sus derechos.
1. m. Conjunto de normas jurídicas promulgadas o reconocidas por los órganos eclesiásticos competentes que determinan la organización de la Iglesia y regulan la vida de los fieles católicos en cuanto corresponde al fuero externo, de acuerdo con los fines propios de la institución eclesial.
1. m. derecho civil.
1. m. El que regula las relaciones privadas de los ciudadanos entre sí.
1. m. derecho civil.
1. m. ant. derecho de gentes.
1. m. El derivado de la Constitución.
1. m. El introducido por la costumbre.
1. m. derecho penal.
1. m. derecho de uno o varios coherederos o colegatarios a la porción o parte de la herencia a la que otro u otros renuncian o no pueden adquirir.
2. m. En los cabildos de las iglesias donde se gana y distribuye la renta según las asistencias personales de sus ministros, distribución entre los asistentes a las celebraciones litúrgicas de la parte de renta que pierden quienes no asisten.
1. m. Facultad por la que el titular de un establecimiento abierto al público se reserva la decisión de denegar la entrada a este.
1. m. Privilegio de asilo (‖ refugio para los perseguidos).
1. m. El que la ley reconoce al autor de una obra para participar en los beneficios que produzca su publicación, ejecución o reproducción, y que alcanza, en algunos casos, a los ejecutantes e intérpretes.
1. m. En el comercio de varios países ultramarinos, cierto repartimiento o gabela impuesto sobre los mercaderes o las mercancías, y el ramo de renta compuesto de este repartimiento y derecho.
1. m. Facultad de todo propietario de inmuebles de cerrar estos.
1. m. beneficio de deliberar.
1. m. El de autor que corresponde a los ejecutantes o intérpretes de obras musicales o literarias.
1. m. El que se paga por ciertos géneros cuando se introducen en un puerto o aduana. U. m. en pl.
1. m. pie de altar.
1. m. derecho natural que los romanos admitían entre todos los hombres, a diferencia del que era peculiar de sus ciudadanos.
2. m. derecho internacional.
1. m. coloq. derecho al pataleo.
1. m. Privilegios y facultades del patrono, según el estatuto de fundación.
2. m. El que tradicionalmente han ejercido los reyes o jefes de Estado de presentar a la Santa Sede personas para los cargos episcopales.
1. m. derecho que se ha atribuido al señor feudal, por el que este yacía con la esposa del vasallo recién casada.
2. m. coloq. Ejercicio abusivo del poder o de la autoridad.
1. m. El que concede o reconoce la ley de imprenta a la persona aludida expresamente en un periódico para contestar desde este a las alusiones que se le hayan dirigido.
1. m. El que se paga por el tabaco elaborado al ser introducido en España.
1. m. derecho de rectificación.
1. m. El que procede directamente de Dios, o por ley natural, o por medio de la Revelación.
1. m. derecho canónico.
1. m. Ley escrita y promulgada, a diferencia de la establecida por tradición y costumbre.
1. m. El que regula las relaciones entre los Estados.
1. m. El que especialmente regula las relaciones que conciernen a las personas, los lugares, los contratos y los actos del comercio terrestre y marítimo.
1. m. El que regula el régimen de los concejos o municipios, como corporaciones y en relación con los vecindarios respectivos.
1. m. Conjunto de primeros principios de lo justo y de lo injusto, inspirados por la naturaleza y que como ideal trata de realizar el derecho positivo.
1. m. derecho consuetudinario.
1. m. El que establece y regula la reprensión o castigo de los crímenes o delitos, por medio de la imposición de las penas.
1. m. El que relaciona entre sí los sujetos y no está atribuido a las personas sobre las cosas.
1. m. El que regula el orden y funcionamiento de los poderes del Estado y sus relaciones con los ciudadanos.
1. m. derecho canónico.
1. m. El establecido por las leyes vigentes.
1. m. El relativo a los procedimientos civiles y criminales.
1. m. El que tiene por objeto regular el orden general del Estado y sus relaciones, ya con los súbditos, ya con los demás Estados.
1. m. El que se tiene sobre las cosas.
1. m. El que se aplica en defecto de otra norma.
1. m. pl. derechos fundamentales.
1. m. pl. Los de emisión por radio o por televisión de una película cinematográfica, una competición deportiva, etc.
1. m. pl. Cantidad que se cobra por derecho de autor.
1. m. pl. Los que, por ser inherentes a la dignidad humana y por resultar necesarios para el libre desarrollo de la personalidad, suelen ser recogidos por las constituciones modernas asignándoles un valor jurídico superior.
1. m. pl. Especialmente en el ámbito internacional, derechos fundamentales.
1. m. pl. derechos de una persona sobre las cosas.
1. loc. adv. Con acierto, con destreza, con justicia.
2. loc. adv. Dicho de avanzar con movimiento helicoidal: Hacia la derecha, girando en el mismo sentido que las manecillas de un reloj.
1. expr. Mil. Era u. para mandar al soldado volverse hacia la mano derecha. Hoy se dice solo: derecha.
1. loc. adv. p. us. Dicho de proceder una persona: Bien y rectamente. U. t. c. loc. adj.
1. loc. adv. a derechas.
1. loc. adv. Conforme a la norma aplicable.
1. loc. verb. ant. Hacer justicia, desagraviar.
1. locs. adjs. derechista.
1. loc. adv. Con arreglo a derecho.
2. loc. adv. U. para indicar lo que es legítimo en comparación con lo que existe meramente, pero con abstracción de esta cualidad. Se contrapone a de hecho. Poder de hecho, juez de derecho
1. loc. adv. ant. en derechura.
1. loc. verb. Der. Estar conforme a derecho.
1. loc. verb. ant. hacer justicia.
1. loc. verb. ant. Estar a derecho u obrar con justicia.
1. loc. verb. Proceder rectamente, en derechura.
1. loc. interj. U. como protesta ante algo que se considera injusto.
1. loc. verb. Ceder, transigir, por bien de paz.
1. loc. adv. Taurom. Dicho de atacar al toro con el estoque en la suerte de matar: Con rectitud, sin desviarse de la línea que arrancando del lugar que ocupa el diestro se continuaría con la del espinazo del toro.
1. loc. adv. Der. conforme a derecho.
1. loc. verb. ir por derecho.
1. loc. verb. Der. Utilizar las facultades que la norma le otorga.
2. loc. verb. Ejercer su libertad lícitamente en cualquier línea.
□ V.
corporación de derecho público
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