Diccionario de la lengua española (2001)

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dote.

(Del lat. dos, dotis).

1. amb. Conjunto de bienes y derechos aportados por la mujer al matrimonio, que tiene como finalidad atender al levantamiento de las cargas comunes y que le deberá ser devuelto una vez disuelto aquel. U. m. en f.

2. amb. Congrua o patrimonio que se entrega al convento o a la orden en que va a tomar estado religioso una profesa. U. m. en f.

3. m. En el juego de naipes, número de tantos que toma cada uno para saber después lo que pierde o gana.

4. f. Excelencia, prenda, calidad o capacidad apreciable de alguien U. m. en pl. Dotes de mando.

5. f. Rel. Cada una de las cuatro cualidades que poseen los cuerpos gloriosos de los bienaventurados, es decir, claridad, agilidad, sutileza e impasibilidad.

constituir la ~.

1. loc. verb. Hacer otorgamiento formal de ella.

V.

carta de dote

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