Diccionario de la lengua española (2001)
Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.
policía.
(Del lat. politīa, y este del gr. πολιτεία).
1. f. Cuerpo encargado de velar por el mantenimiento del orden público y la seguridad de los ciudadanos, a las órdenes de las autoridades políticas.
ORTOGR. Escr. con may. inicial.
2. f. Buen orden que se observa y guarda en las ciudades y repúblicas, cumpliéndose las leyes u ordenanzas establecidas para su mejor gobierno.
4. f. desus. Cortesía, buena crianza y urbanidad en el trato y costumbres.
5. com. Cada uno de los miembros del cuerpo encargado de velar por el mantenimiento del orden público.
~ de estrados, o ~ de la sala.
1. f. Der. Facultad que compete al juez o al presidente de un tribunal para mantener el orden durante la vista o en las actuaciones judiciales y para imponer diversas sanciones.
1. f. Policía (‖ cuerpo que vela por el mantenimiento del orden público).
1. f. La que auxilia a los juzgados y tribunales y al ministerio fiscal en la investigación de los delitos y en el descubrimiento y aseguramiento de los delincuentes.
1. f. Aquella cuyos integrantes no llevan uniforme a fin de pasar inadvertidos.
1. f. La que se refiere al cuidado de la vía pública en general: limpieza, higiene, salubridad y ornato de los pueblos, encomendada a los ayuntamientos y a los alcaldes.
□ V.
Diccionario de la lengua española (2001)
Real Academia Española © Todos los derechos reservados