Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

Ver definición de patronato en la edición actual

patronato.

(Del lat. patronātus).

1. m. Derecho, poder o facultad que tienen el patrono o patronos.

2. m. Corporación que forman los patronos.

3. m. Consejo formado por varias personas, que ejercen funciones rectoras, asesoras o de vigilancia en una fundación, en un instituto benéfico o docente, etc., para que cumpla debidamente sus fines.

4. m. Fundación de una obra pía.

5. m. Cargo de cumplir algunas obras pías, que tienen las personas designadas por el fundador.

~ de legos.

1. m. Vínculo fundado con el gravamen de una obra pía.

~ real.

1. m. Derecho que tenía el rey de España de presentar sujetos idóneos para los obispados, prelacías seculares y regulares, dignidades y prebendas en las catedrales o colegiatas, y otros beneficios.

V.

derecho de patronato

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