Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

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ignorancia.

(Del lat. ignorantĭa).

1. f. Falta de ciencia, de letras y noticias, general o particular.

~ del derecho.

1. f. Der. Desconocimiento de la ley, el cual a nadie excusa, porque rige la necesaria presunción o ficción de que, promulgada aquella, han de saberla todos.

~ invencible.

1. f. ignorancia que tiene alguien de algo, por no alcanzar motivo o razón para desconfiar de ello.

~ supina.

1. f. ignorancia que procede de negligencia en aprender o inquirir lo que puede y debe saberse.

~ no quita pecado.

1. expr. U. para explicar que la ignorancia de las cosas que se deben saber no exime de culpa.

no pecar alguien de ~.

1. loc. verb. Hacer algo con conocimiento de que no es razón el hacerlo, o después de advertido de que no lo debía hacer.

pretender alguien ~.

1. loc. verb. Alegarla.

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