Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

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sucesión.

(Del lat. successĭo, -ōnis).

1. f. Acción y efecto de suceder.

2. f. Entrada o continuación de alguien o algo en lugar de otra persona o cosa.

3. f. Prosecución, continuación ordenada de personas, cosas, sucesos, etc.

4. f. Entrada como heredero o legatario en la posesión de los bienes de un difunto.

5. f. Descendencia o procedencia de un progenitor.

6. f. Conjunto de bienes, derechos y obligaciones transmisibles a un heredero o legatario.

7. f. prole (descendencia).

8. f. Mat. Conjunto ordenado de términos, que cumplen una ley determinada.

~ convergente.

1. f. Mat. Aquella que tiende a un límite.

~ divergente.

1. f. Mat. Aquella que no tiende a un límite.

~ forzosa.

1. f. Der. La que está ordenada preceptivamente, de modo que el causante no pueda variarla ni estorbarla.

~ intestada.

1. f. Der. La que se verifica por ministerio de la ley y no por testamento.

~ testada.

1. f. Der. La que se defiere y regula por la voluntad del causante, declarada con las solemnidades que exige la ley.

~ universal.

1. f. Der. La que transmite al heredero la totalidad o una parte alícuota de la personalidad civil y del haber íntegro del causante, haciéndole continuador o partícipe de cuantos bienes, derechos y obligaciones tenía este al morir.

deferirse la ~.

1. loc. verb. Der. Dicho de una transmisión sucesoria: Efectuarse de derecho.

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