casco

Diccionario histórico de la lengua española (1933-1936)

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casco, caxco

 

casco, caxco. m. Recipiente vacío para líquidos, y especialmente tonel para guardar el vino. Tb. para envasar azúcar.

                30-vi-1531 (1992) Protocolos de Los Realejos (275, p.137): Benito Hernández se obliga a darle la mitad del agua que le perteneciere y a dejarle el lagar para hacer el vino de la mitad arrendada, asimismo la casa y bodega donde se ponga el vino hasta que Ruiz lo quiera vender o sacar de allí y a darle la mitad de los cascos que hoy día tiene con tal que después de vacíos se los devuelva. 23-v-1534 (2000) Protocolos de H.González i (559, p.168): Entran en el arrendamiento los cascos de botas de vino que tiene en la hacienda. 12-iv-1546 (1999) Protocolos de D.Pérez i (4, p.59): Gonzalo de Carmona, almojarife, vecino [...] da poder especial a Juan González, vecino, para cobrar de la mujer y herederos de Juan de Perdomo, vecino de la isla de Lançarote, difunto, todos los maravedís, cascos de botas y otras cualesquier cosas que deba a Polo Riço. 3-ix-1546 (1999) Ibídem (114, p.111): Fernando de Lisbona, Inés González, su mujer, y Pedro de Lisbona, su hijo y de María de León, su primera mujer, vecinos, venden a Gonçalo de Carmona, vecino, presente, los edificios, labores, reparos, bonificaciones y mejoras que hizo en la mitad de una viña, que le había dado a partido la tercia parte de la misma, con los cascos, herramientas, barriles, cuartos, lagar y todo lo demás que en ella hizo y edificó y al presente está en dicha heredad, sita en el barranco de Bentaca... 21-viii-1557 (2002) Protocolos de D.Pérez iii (1380, p.307): Por cuenta de don Pedro, Alarcón enviará cada año a Cádiz los cascos de azúcar que le parezca, conforme a la memoria que envíe. 26-viii-1568 (2007) Pedro Fernández de Chávez (39, p.107): Otrosí, digo que Juan de Cabra e Valera me deue siete doblas por un albalá que contra él tengo para en quenta de lo qual me a dado dos varas de lienço en tres rreales, mando que se cobre el rresto, e que dos caxcos que tengo suyos, que son los questan bazios en mi bodega que sabe quales son mi moço Tomás, mando se le buelban.

                21-vii-1769 (2003) Hernández Hernández Cartas (pp.21-22): tambien estan aca quatro cascos q[ue] se pueden conponer para echar vino y otros dos mas biexos q[ue] no sirven para conponer [...].

                a1887 (1993) Maffiotte Glosario (p.54): Casco. s.m. Pipa grande para líquidos. En Andalucía se le da el mismo nombre.

¨En el drae-1832 (séptima edición) casco es «En Andalucía Baja la pipa ó tonel de madera en que se trafica y conserva el vino», localización que desaparecerá luego (ya no está en la duodécima edición de 1884) de modo definitivo. En el drae-01 (acep. 10) es «Recipiente, como tonel o botella, cuando está vacío». El interés de los ejemplos aquí registrados radica en su antigüedad y en que incluso se refieren a la azúcar. En Canarias, y concretamente en Tenerife, tiene uso con el significado de «Tonel cuya capacidad es superior a los doscientos litros» (aleican i, 161 «Tonel grande»).

2. Gajo de la naranja.

                1876 (1993) Pérez Galdós Doña Perfecta (corde, s.v.): Ni yo dijo la segunda, ofreciendo al ingeniero algunos cascos de la naranja que acababa de mondar. 1891 (1979) Pérez Galdós Ángel Guerra (p.78): De todo le echaron: cascos de naranja, pasas, nueces, anises, dátiles y mucha azúcar.

                1946 Régulo Pérez Cuestionario (p.40): Gajos de la naranja (¿cascos?). 1959 Alvar Tenerife (p.152): casco 'gajo de la naranja' ([La] Lag[una]).

¨En el aleican i (254 «Gajo (de la naranja)») se tiene la distribución por islas de esta acepción. Lope de Vega usó la palabra en La Dorotea (1632): «Cuando voy por las calles, me voy arrimando a las tabernas y huyendo de las confiterías, y en viendo un hombre que come cascos de naranja, le miro si tiene ojos azules» (corde, s.v.), lo que muestra que circulaba ya por España en el siglo xvii. También la lexicografía había dado fe de su existencia unos años antes, en 1620, al recogerla Franciosini en su Vocabolario español-italiano: «Casco de naranja, Spicchio d'arancio». Sin embargo, en el drae no entra hasta 1970, y resulta sorprendente el tratamiento dado por la Academia a esta acepción de la palabra casco, porque en el drae-70 aparece registrada como número 13, para Andalucía; en el drae-84, pasa a ser la número 14 y en lugar de Andalucía se cita ahora Canarias. La Academia siguió en esta edición la recomendación que José Pérez Vidal le había hecho en 1973, en una papeleta conservada en el Fichero de enmiendas y adiciones en la que escribía: «Añádase Canarias. Alvar, El español hablado en Tenerife, s.v. Es uno de los múltiples canarismos que se le escapan a Galdós [...]. También en América, Santamaría, Dicc. G[ene]ral de Americanismos». En el drae-92 desaparece la marca Canarias, por lo que la acepción toma la consideración de general, y además se convierte en la número 4. Resulta muy discutible esta generalización del significado 'gajo' propuesta por el drae. Varios diccionarios consultados no lo traen; el dea i, en su primera edición, lo recogía como regional (en la segunda edición se ha eliminado) y el dgile lo da para América. Precisamente porque se utiliza en este continente, Laguarda (p.43) se preocupa por conocer si proviene de las islas: «Se oye a veces en el Uruguay y también en la Argentina (Garzón), lo mismo que en Chile (Román), en Perú (Juan de Arona, Dicc., art. cáscara) y en Colombia (Uribe) decir en vez de gajo (de la naranja) la voz casco. Alvar indica que se usa en Andalucía (Toro y Gisbert, Alcalá Venceslada) y también en Tenerife. Se trata, según se ve, de la misma voz con el mismo significado lo que establece una vinculación, aunque no directa, por el hecho de terciar Andalucía, de donde es posible que proceda originariamente».

 

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