Sintaxis

44 Oraciones subordinadas de relativo

44.5 Relativas especificativas y explicativas (II). Características sintácticas y semánticas

44.5a Como se explicó en el § 44.1l, las relativas especificativas son modificadores que precisan la denotación del grupo nominal del que forman parte, mientras que las explicativas son modificadores incidentales, agregados a modo de inciso. Es lógico que las relativas especificativas posean mayor grado de dependencia respecto de su antecedente que las relativas explicativas, ya que las primeras se integran en el mismo grupo nominal que este. Una consecuencia del menor grado de integración de las explicativas es la posibilidad de omitirlas sin que resulten afectadas las condiciones de verdad del resto del enunciado. Así, si es verdadero el enunciado Ayer solo salió un tren, que transportaba mineral, también lo será el que resulta de la eliminación de la relativa (Ayer solo salió un tren). En cambio, la versión especificativa correspondiente (Ayer solo salió un tren que transportaba mineral) es compatible con una situación en la que se haya producido en la misma fecha la salida de otros trenes, siempre que no transportaran mineral. La supresión de la relativa alteraría, por tanto, las condiciones de verdad del enunciado. Aunque las relativas explicativas presentan notables analogías con las construcciones parentéticas o incidentales (§ 38.11e), el relativo que contienen hace que constituyan una clase particular de oraciones subordinadas.

44.5b El contraste entre las relativas especificativas y las explicativas reproduce fielmente el que se da entre los complementos especificativos del nombre y los explicativos, como muestran estos pares:

La casa {que está en ruinas ~ en ruinas} será derruida;

La casa, {que está en ruinas ~ en ruinas}, será derruida.

Las relativas especificativas, a diferencia de las explicativas, contribuyen a restringir la extensión de la expresión nominal de la que forman parte, por lo que reciben también, como se ha explicado, el nombre de relativas restrictivas. En el primer miembro del primer par se presupone la existencia en el discurso previo de alguna otra casa que no cumple la condición de estar en ruinas. La presencia del complemento especificativo sirve, por tanto, para fijar la referencia del grupo nominal sobre el que se realiza la predicación. Por el contrario, con las relativas explicativas el hablante añade una información suplementaria a un elemento cuya referencia ya ha sido establecida previamente. Del segundo par de ejemplos se deduce, por consiguiente, que el discurso previo o la situación enunciativa permiten identificar el ejemplar concreto de casa que va a demolerse, independientemente de la información que aporta el inciso explicativo. Es, pues, posible eliminar en este caso la subordinada sin que se experimenten cambios en las condiciones de verdad del enunciado ni en las presuposiciones que pueden asociarse a la expresión nominal que funciona como sujeto de la oración.

44.5c En el § 14.4 se explica que el artículo determinado impone un requisito de unicidad a los grupos nominales. Muy a menudo es la subordinada de relativo la que aporta la información que ese requisito establece. Ello permite que un grupo nominal definido que contenga una relativa esté encabezado por el artículo determinado sin que se retome algún referente introducido fuera de él, como sucede en el texto siguiente:

Alfonso Acevedo, gobernador de Bogotá, en el informe que presentó a la Cámara provincial en 1844 solicitó que se prohibiera el tránsito de carros por las calles de la ciudad porque inutilizaban los acueductos, que iban por las vías casi a flor de tierra (Puyo, Bogotá).

44.5d Pese a que las subordinadas especificativas se suelen denominar restrictivas, como se ha señalado, no todas ellas se usan para establecer la denotación del grupo nominal en el que se insertan. De hecho, en lugar de delimitar el significado del antecedente, pueden aportar cierta información que lo valora: El tono de su invitación tuvo una pizca de rencor que me impresionó más aún que un posible rechazo (Díaz Martínez, Piel). Algunos gramáticos han hecho notar por ello que el papel de las subordinadas especificativas puede ser, en ocasiones, más claramente determinativo que restrictivo. Cabe señalar que esta no es una característica particular de las relativas, sino que se aplica, en general, a los complementos especificativos del nombre, sobre todo cuando el grupo nominal es indeterminado. En el § 15.5a se explica que el adjetivo lamentable en una actuación lamentable cualifica o evalúa el sustantivo actuación, en lugar de acotar el conjunto de sus posibles referentes. En esta clase de contextos, en los que el determinante desempeña un papel importante, la diferencia interpretativa entre las relativas especificativas y explicativas puede llegar a desdibujarse. Se retomará esta cuestión en el § 44.6.

44.5e El carácter interno de la modificación que caracteriza a las relativas especificativas se puede comprobar en un gran número de contextos. Proporciona una prueba clara de que forman parte del grupo nominal el hecho de que puedan quedar bajo el ámbito de los cuantificadores20.9) contenidos en antecedentes. No sucede lo mismo en el caso de las explicativas. En efecto, cuando se dice Al acto asistieron cuatro embajadores que representaban a los países de la Unión Europea, no se está afirmando que el número de embajadores presentes en la fiesta fuera cuatro, sino que ese número corresponde al de los que representaban a la Unión Europea. Ello se debe a que la subordinada relativa queda bajo el ámbito del cuantificador numeral cuatro. La oración anterior es compatible, por tanto, con la posibilidad de que hubiera en el acto otros jefes de embajada pertenecientes a otros países. Por el contrario, si la subordinada fuera explicativa (Al acto asistieron cuatro embajadores, que representaban a los países de la Unión Europea), se indicaría que fueron solo cuatro los embajadores presentes en el acto. El hecho de que con la relativa se añada que todos ellos pertenecían a los países de la Unión Europea es consecuencia de la estructura sintáctica, concretamente de que las relativas explicativas queden fuera del ámbito del cuantificador, ya que son modificadores externos del grupo nominal. Si se encierra entre corchetes el ámbito del cuantificador numeral, se obtiene, en el caso de la relativa especificativa, cuatro [embajadores que representaban a los países de la Unión Europea] y, en el de la explicativa, cuatro [embajadores], que representaban a los países de la Unión Europea.

44.5f La diferencia presentada en el apartado anterior es semántica, pero tiene origen sintáctico: las relativas explicativas se consideran modificadores externos del grupo nominal, mientras que las relativas especificativas lo modifican internamente. Otros segmentos incidentales coinciden con las relativas explicativas en ser externos al grupo al que modifican; por ejemplo, el subrayado en Un centenar de turistas, la mayor parte japoneses, hacía cola a las puertas del museo. Como ponen de manifiesto las inflexiones prosódicas que delimitan a las relativas explicativas (§ 44.4f), esta clase de subordinadas se adjuntan a un grupo nominal completo formado independientemente. Este grupo tiene capacidad para designar por sí solo al referente, como prueba el hecho de que sea posible conmutar el antecedente por un pronombre personal, o bien —como se ha observado— eliminar la subordinada sin que varíe la designación de aquel. Así, en el fragmento Miquel, que estaba enfermo de deseo y de soledad, sabía que nuestro amor era una farsa (Ruiz Zafón, Sombra), sería posible pronominalizar el antecedente (Él, que estaba enfermo…) o prescindir de la subordinada sin que esto provocara algún cambio en la referencia del sujeto de la oración. Por el contrario, las relativas especificativas forman parte del grupo nominal que encabeza el antecedente, por lo que su supresión modificaría la denotación de aquel. Si se optara por eliminar la subordinada, el número de vuelos a los que se alude en este ejemplo se incrementaría: Ariel le dijo que iba a todos los vuelos que venían de París para ver si llegaba (Leyva, Piñata). En los apartados siguientes de esta sección y a lo largo del § 44.8 se mostrarán otras diferencias, a la vez sintácticas y semánticas, entre las relativas especificativas y las explicativas.

44.5g Se diferencian también las subordinadas relativas especificativas y explicativas en su comportamiento con los relativos complejos formados con que y cual, como se vio en el § 44.3, así como con los pronombres quien y quienes, que expresan ese mismo significado. Como allí se explicó, las relativas especificativas admiten estos relativos si están precedidos de preposición (como en el abogado con quien trabaja, la pared contra la cual chocó, la reunión de la que te hablé), pero los rechazan sin ella: el abogado {*quien ~ que} la asiste, la pared {*la cual ~ que} se construyó recientemente, la reunión {*la que ~ que} se celebró ayer. Las relativas explicativas formadas con los relativos cual y quien pueden construirse sin preposición:

Otra chica, más joven, me introdujo al despacho de Luque, quien salió a recibirme (Martínez Reverte, Gálvez); Fundó en 1954 la religión conocida con el nombre de Church of Scientology (Iglesia de la Ciencia), la cual, a pesar de ser muy controvertida, en pocos años se convirtió en un negocio multimillonario (Tiempo [Col.] 2/1/1990).

Las relativas especificativas introducidas por quien (y sin preposición) se admitían, sin embargo, en la lengua antigua, especialmente con los sustantivos persona, hombre y otros similares, que acercan estas construcciones a las relativas semilibres44.1g):

Se ha tratado e platicado de la persona quien hiriese al dicho don Gaspar (Averiguaciones); Había de castigar a los vecinos […] por la grita y gran vocería que las mujeres le habían dado tan desvergonzadamente, siendo la persona quien él era (Gutiérrez Santa Clara, Quinquenarios).

44.5h En el español contemporáneo se rechazan las construcciones a las que se alude en el apartado precedente: la persona {*quien ~ que} llamó. No existe una explicación unánimemente aceptada de esta restricción, de la que otras lenguas románicas y germánicas están libres. Se ha señalado que puede estar relacionada con la tendencia a evitar la redundancia de rasgos entre el pronombre relativo y su antecedente cuando entre ambos no se interpone ninguna otra unidad. A diferencia de que, que no posee flexión ni impone restricciones sobre la clase de sus posibles antecedentes, los relativos complejos el que, la que, la cual, etc., así como el relativo quien, presentan variaciones de flexión, por lo que el artículo subrayado en la película (*la) que vi ayer reproduce los rasgos del otro artículo. Sobre las diferencias entre relativas explicativas y relativas libres en aposición, véase el § 44.10l.

44.5i El contraste prosódico existente entre explicativas y especificativas (descrito en el § 44.4) constituye un correlato fonológico de su estructura sintáctica, la cual determina, a su vez, las diferencias de interpretación que se acaban de analizar. Como en otros casos similares, esta desemejanza opone igualmente al resto de los complementos especificativos y explicativos del nombre, como se deduce del contraste entre Cuatro embajadores europeos asistieron al acto y Cuatro embajadores, europeos, asistieron al acto. A la vista del distinto nivel de incidencia de las relativas explicativas y especificativas, algunos gramáticos han propuesto, con buenos argumentos, diferenciar los antecedentes de unas y otras: en el caso de las explicativas, el antecedente estaría constituido por todo el grupo nominal, mientras que el de las especificativas solo incluiría el núcleo y sus complementos, por lo que quedarían excluidos de él los determinantes y los cuantificadores. Aplicando esta distinción, el antecedente de la oración especificativa contenida en cuatro embajadores que representaban a los países de la Unión Europea sería embajadores. En cambio, el de la explicativa que aparece en cuatro embajadores, que representaban a los países de la Unión Europea sería cuatro embajadores. En las demás secciones de este capítulo se aceptará esta diferencia, y en el § 44.8 se presentarán algunas de sus consecuencias gramaticales.

44.5j Se deduce del apartado precedente que las relativas especificativas no contienen cuantificadores que afecten al antecedente, ya que desde el interior de la subordinada no pueden tener alcance sobre él. Son, por tanto, anómalas semánticamente secuencias que contienen relativas especificativas como *Los periodistas que eran solo cuatro formularon algunas preguntas al presidente (una vez descartada la interpretación en la que se habla de dos grupos de periodistas). Para convertir esta oración en gramatical, es necesario colocar el cuantificador delante del antecedente (Los únicos cuatro periodistas…), o bien convertir la relativa en explicativa (Los periodistas, que eran solo cuatro, formularon algunas preguntas al presidente). De forma similar, tampoco resulta posible modificar desde el interior de una relativa especificativa la cardinalidad (§ 21.1a) del antecedente, ya que la extensión del conjunto designado por el grupo nominal resultante sería contradictoria. Contrastan, pues, *Los periodistas de los que más de la mitad eran extranjeros formularon algunas preguntas al presidente, con relativa especificativa, y Los periodistas, de los que más de la mitad eran extranjeros, formularon algunas preguntas al presidente, con relativa explicativa. Las explicativas constituyen incisos que introducen un acto verbal independiente (§ 44.10e), por lo que no resulta contradictorio que el conjunto de individuos designado por el antecedente no coincida con el que se expresa en el grupo relativo (§ 22.3) de la subordinada.

44.5k Las relativas especificativas no tienen antecedentes que no acepten complementos especificativos del nombre, como es el caso de los nombres propios y los pronombres personales. Ambas clases se caracterizan por designar directamente el referente —en el segundo caso, mediante procedimientos deícticos o anafóricos—, sin necesidad de determinantes ni complementos. Como las relativas especificativas son modificadores internos del grupo nominal, resultan incompatibles con ellas. Así, del mismo modo que no es posible formar grupos nominales como *Marta de 23 años o *ella de 23 años, la combinación de tales clases con una relativa especificativa es también agramatical: *Marta que tiene 23 años, *ella que tiene 23 años. Por el contrario, al ser las relativas explicativas modificadores externos al grupo nominal, admiten esta clase de antecedentes, tal como sucede, en general, con los elementos apositivos. Son, por tanto, grupos nominales bien formados Marta, de 23 años…; Ella, de 23 años…; Marta, que tiene 23 años…; Ella, que tiene 23 años… He aquí algunos ejemplos de relativas explicativas que se ajustan al patrón descrito (se subrayan únicamente los antecedentes de los relativos):

Pero lo que no pudo eludir fue el insidioso espionaje de Octavio el jardinero, quien avisó de inmediato a Antonia, la cual se apresuró a notificárselo a miss Bárbara y esta a su vez a Estefanía (Caballero Bonald, Pájaros); El teléfono de su oficina lo conseguí a través de Rodrigo Egea, quien me lo facilitó sin ofrecer la más mínima resistencia (Silva, L., Alquimista); Me he puesto nerviosa yo, que soy más mujer que tú (Vázquez, Á., Juanita Narboni).

44.5l Las excepciones al principio mencionado en el apartado anterior son solo aparentes. Así, los nombres propios van precedidos de determinante cuando llevan algún complemento especificativo, como en el Octavio Paz más íntimo, una Isabel desconocida, la Argentina del interior. En los § 12.7f y ss. se argumenta que esta propiedad los acerca a los nombres comunes. En estos usos admiten relativas especificativas: el Octavio Paz que más me gusta, una Isabel que sorprendió a todos, la Argentina que ganó la copa del mundo de fútbol en 1978. Los textos muestran, por otra parte, que las relativas acompañan a menudo a los pronombres personales, sobre todo a los de primera y segunda persona. Se subrayan en los ejemplos siguientes:

que pareces saberlo todo, dime qué puedo pretender en esta vida (Jodorowsky, Danza); que eres topógrafo, ¿por qué no me haces un dibujo? (Luca Tena, Renglones); Las mujeres de este país, se lo digo yo que he visto mundo, son unas mojigatas (Ruiz Zafón, Sombra); Tal vez no la admire nadie, ni siquiera yo que ya no soy niño (Marías, J., Corazón); Yo que he sido tan franca como puede serlo una vieja amiga, ¿y es así como me retribuye? (Shand, Sastre).

Estas oraciones de relativo se consideran explicativas, a pesar de que no se ajustan a las pautas entonativas que se describieron en el § 44.4f. De hecho, se recomienda usar coma tras los pronombres subrayados en todos estos ejemplos, y reflejar de este modo la posible existencia de una pausa. Estas subordinadas no se usan, en efecto, para restringir la denotación de lo designado por el pronombre. Confirma este hecho el que puedan aparecer con el pronombre de primera persona del singular, elemento que designa unívocamente al hablante. En lugar de aportar modificadores restrictivos (lo que carecería de sentido en términos conceptuales), estas oraciones expresan cierto rasgo de los correspondientes individuos que ha llevado al hablante a formular el enunciado. De hecho, es posible obtener en la mayoría de estos casos paráfrasis de naturaleza causal o concesiva: Tú que pareces saberlo todo… ~ Como tú pareces saberlo todo…; Tú que eres topógrafo… ~ Ya que eres topógrafo…, etc.

44.5m Una variante del mismo esquema se presenta con cierta frecuencia en enunciados infraoracionales con tonema final de suspensión y verbo preferentemente en tiempo pasado. En estas oraciones, se suele reflejar una actitud o un comportamiento de alguien cuya vigencia queda anulada o condicionada por otra información:

Tristán.— Yo que creía que eras la mujer más linda del mundo. Isolda.— Yo que pensaba que eras el hombre de mi vida. Tristán.— Yo que juré que te recordaría para siempre. Isolda.— Yo que sentí que era más feliz que nunca (Parra, Tristán).

A pesar de que estas relativas se asimilan a las explicativas, no se marcan con comas. La subordinada introduce en estos ejemplos una relación concesiva o adversativa con la apódosis que se omite. Esta pauta aparece ocasionalmente en el interior de una oración cuyo predicado expresa el contraste con el contenido de la relativa, como en el texto siguiente: Tú que eras un cascabel de plata, ahora suenas a muerto (Gala, Ulises). En estos casos, la presencia de modificadores temporales como ahora, hace un mes, el año pasado, etc., favorece la paráfrasis concesiva (‘Aunque eras un cascabel de plata, ahora suenas a muerto’) o la adversativa (‘Eras un cascabel de plata, pero ahora suenas a muerto’). El valor causal, concesivo o adversativo que transmiten estas relativas hace que se interpreten como explicativas, a pesar de la ausencia de coma —e incluso de pausa— entre el pronombre y el relativo. Solo de forma esporádica se atestiguan casos similares en los que la función de la relativa no se ajusta a los valores anteriormente descritos. Así, en Tú que dijiste llamarte Antón: trae esos troncos (Martín Recuerda, Engañao), con imperativo en la oración principal, la relativa no expresa la causa de la petición, sino que parece contribuir a seleccionar el interlocutor al que se dirige la orden entre otros individuos igualmente presentes en el contexto de la enunciación.

44.5n La función de las oraciones de relativo descritas en los apartados precedentes no consiste en restringir la denotación del antecedente con el objeto de fijar la referencia del grupo nominal, puesto que las propiedades designativas del pronombre personal lo impiden. De hecho, los pronombres personales y los nombres propios son, por su propia naturaleza léxica, elementos definidos, por lo que incorporan internamente la noción de determinación. Cuando los nombres propios admiten relativas especificativas, deben ir precedidos de un determinante o cuantificador independiente, como se ha explicado: la Rusia que precedió a la revolución soviética, dos Fernandos que conocí en Guatemala12.7f y ss.). Las relativas especificativas no son, en este punto, distintas de otros modificadores restrictivos (París ~ el París de finales del siglo xvii). En contraposición con lo anterior, las relativas explicativas requieren un antecedente fijado extensionalmente, por lo que toman como tal todo el grupo nominal, incluidos los determinantes y cuantificadores. Pueden, por tanto, combinarse sin dificultad con los pronombres personales y los nombres propios, ya que estas unidades cumplen tal requisito.

44.5ñ No existe una única explicación de por qué se rechazan las relativas especificativas con el pronombre ambos, a diferencia de las explicativas, y también de la variante los dos/las dos, como en {los dos ~ *ambos} goles que metió el delantero. Cabe pensar que la gramática de ambos19.9v y ss.) posee puntos en común con la de los nombres propios, ya que en uno y otro caso se fija léxicamente la extensión de los respectivos antecedentes. Según esta línea de argumentación, que es solo una de las posibles, en el caso de ambos quedaría sin interpretación semántica un modificador añadido que lo restringiera. Es plenamente gramatical, por el contrario, la secuencia siguiente, en la que el cuantificador ambos es modificado por una relativa explicativa: Rezamos fervientemente aquella noche por el destino de ambos, que aún tenían la posibilidad de estar vivos (Arenales, Arauco).

44.5o Solo las relativas explicativas admiten antecedentes oracionales. Si el relativo es complejo, el artículo presenta el género neutro:

La novia tuvo que prescindir de algunas cosas, que fue lo que creó cierto desasosiego entre los invitados de la vieja guardia y rabia casi explícita en mamá Inés (Moreno-Durán, Diana); Te toca en una rifa y sales corriendo, que fue lo que hizo Julita cuando se enteró (Díez, Expediente); Me lo agradecía de antemano, dándome unos besos pegajosos, lo cual me ahogaba de asco y de sorpresa (Mujica Lainez, Escarabajo); No me dijo quédate o háblame, ni me dio nueva puerta de entrada, lo que me dolió y humilló profundamente en ese momento (Campos, Carne).

La posibilidad de que las relativas explicativas tengan antecedente oracional se deduce del hecho de que las oraciones pueden funcionar argumentalmente dentro de otra predicación. Así, el contenido del primer ejemplo del bloque anterior podría parafrasearse incorporando la oración principal como argumento del otro predicado (Que la novia tuviera que prescindir de algunas cosas creó desasosiego…), o bien recuperando anafóricamente su contenido en una estructura coordinada (La novia tuvo que prescindir de algunas cosas, y eso creó cierto desasosiego...). Así pues, el contenido de la oración antecedente es recogido en forma pronominal por el relativo. Tiene también antecedente oracional el adverbio relativo como en las expresiones como dice…, como decía…, como escribió…, etc., que se usan para reproducir palabras de otros (§ 44.8m):

Porque no es sino echar cotufas al Golfo, como decía mi difunto Hernando, que en paz y en gloria esté, eso de dar las tales excusas (Melcón, Catalina); Pero ahora lo que me interesaba no era la posteridad sino, como escribió alguien en una pared de Quito, dar entre todos un puntapié a esta burbuja gris (Adoum, Ciudad).

Véanse también, en relación con esta construcción, los § 22.11a-i.

44.5p No existe ninguna restricción que impida a las relativas especificativas modificar a un grupo nominal en función de atributo. Se encierran entre corchetes en estos ejemplos y se marca su antecedente con trazo discontinuo:

Misteriosamente intuyó que eran palabras [que le harían saltar o enloquecer] (Quiroga, Careta); Parecían dos amigas [que se hubieran reconciliado después de una larga ausencia de olvidos y de resentimientos] (Egido, Corazón); Se abstuvo de reír o de comentar, que eran las dos cosas [que le pedía el cuerpo] (Luca Tena, Renglones); Es un problema [que preocupa, asusta, pone en peligro a izquierdas y derechas] (Karlik, Efectos).

Las relativas explicativas, en cambio, inciden con mayor dificultad sobre los atributos, ya que exigen que su antecedente tenga valor argumental en la oración principal o, al menos, que pueda reinterpretarse como tal en la subordinada: España, con todo, es un país moderno y civilizado, [en el que, tradicionalmente, el pueblo ha querido y respetado siempre a sus reyes] (Hernández, R., Secreter).

44.5q Las relativas explicativas no se construyen con el verbo en infinitivo, a diferencia de las especificativas. Contrastan, por tanto, *Busco una persona, en la {que ~ cual} confiar (con relativa explicativa) y Busco una persona en la {que ~ cual} confiar (con relativa especificativa). La causa de esta restricción radica en la mayor independencia sintáctica de las explicativas respecto de su antecedente (§ 44.5a). En efecto, como se señala en el § 26.12a, los infinitivos que aparecen en las oraciones de relativo forman parte de grupos nominales inespecíficos. Estos grupos requieren un inductor modal que los abarque en su ámbito. El inductor modal en el ejemplo propuesto es el verbo intensional buscar15.10g). Existen otros inductores posibles, que, a pesar de sus diferencias léxicas y sintácticas, coinciden en crear contextos negativos, prospectivos, irreales, genéricos o, en general, intensionales, como se explica en los § 25.11c y 26.12a, b. Como las relativas explicativas son incisos discursivos, no pueden quedar bajo el ámbito del elemento modal que requieren los grupos nominales inespecíficos. Las especificativas están integradas en el grupo nominal, y quedan así dentro del efecto de ese inductor: Busco una persona en la que confiar. La relación entre modo verbal y especificidad en las relativas se analiza en el § 25.10.

44.5r Por razones similares a las mencionadas en el apartado anterior, se excluye el subjuntivo en las relativas explicativas cuando está inducido desde fuera de ellas, lo que da lugar a contrastes como el siguiente:

Hace tiempo que no veo una película que me guste de verdad;

*Hace tiempo que no veo una película, que me guste de verdad.

Existen, no obstante, algunas excepciones que se explicarán en este apartado y en los siguientes. Nótese que la irregularidad de la segunda variante se debe a que los inductores del modo subjuntivo (la negación, en este ejemplo, pero existen otros muchos: § 25.11) no tienen acceso a los segmentos contenidos en los incisos parentéticos. No puede considerarse excepción a la incompatibilidad entre relativas explicativas y subjuntivo el uso etimológico del imperfecto de ese modo verbal con valor de pluscuamperfecto de indicativo, actualmente limitado a la lengua escrita (en particular, a la jurídica y la periodística). Así pues, escribiera significa ‘había escrito’ en: […] dato que no había revelado en su Memoria dirigida al Gobierno, que escribiera en 1839 (Ortiz-Armengol, Aviraneta). Sobre el uso etimológico del imperfecto de subjuntivo como pluscuamperfecto de indicativo, véanse los § 24.2h y ss. y 25.9h. El subjuntivo se admite sin dificultad en las subordinadas explicativas si los inductores son internos a la oración de relativo. Se subrayan estos inductores con trazo discontinuo en los ejemplos que siguen y se marca el subjuntivo con trazo continuo:

Como ve, no tengo una noticia clara que darle, pero sí una sospecha, que ojalá no sea cierta (Val, Hendaya); Isvoschikov, que quizás hubiera soportado una confrontación violenta con sus secuestradores, se sintió desarmado (Arrabal, Torre); Estaba con un traje claro y una corbata violeta, que tal vez fuera brillante pero que el lugar desteñía (Martínez, Vuelo).

44.5s Se aceptan también relativas explicativas en subjuntivo en ciertas construcciones que requieren un antecedente inespecífico cuando agregan información que se interpreta como requisito o condición para algo. Así, la relativa explicativa que aparece en el texto siguiente expresa una característica que el hablante presenta como inherente a la descripción incluida en el antecedente: Un especialista competente, que sepa proteger adecuadamente el embarazo, no debe dar pie a ningún riesgo (García Real, Ginecología). La condición de la que se habla se manifiesta unas veces en todos sus términos, pero otras se deduce de la presencia en el antecedente de adjetivos o cuantificadores que expresan contraposición, como diferente, distinto, otro, opuesto: Se necesitan políticos diferentes, que sean sensibles a las necesidades populares; Buscamos otro patrocinador, que no cometa los errores del anterior. Véanse, sobre este mismo punto, los § 25.11c y ss.

44.5t No requieren antecedente inespecífico las relativas explicativas que corresponden a fórmulas de carácter modal desiderativo (§ 44.2s). El hablante introduce estas fórmulas como apostillas rogatorias o imprecatorias dirigidas a la divinidad o a alguna fuerza sobrenatural: S. M. el rey (que Dios guarde) se ha servido imponer las multas que se detallan a las personas que se expresan en la adjunta relación (Aub, Calle). Se estudian en el § 25.9g. Es frecuente que, en esa pauta, se produzca la duplicación pronominal del antecedente en el interior de la relativa:

Es igual que ella, señor, que Dios la tenga en su gloria (Caso, Peso); Manuela tenía la cabeza en su casa, en el aparador recién comprado, que Dios se lo conserve durante muchos años (Maqua, Invierno).

Sobre otros aspectos de esta reduplicación, véase el § 44.9.

44.5u Se utiliza mismo que con el sentido de el cual en las relativas explicativas, no en las especificativas. Esta construcción, registrada en México, y también en Guatemala, Nicaragua, El Salvador y otros países centroamericanos, no se considera recomendable en la expresión cuidada:

Siguió a su marido para encontrarlo frente al altero de camisas desordenadas sobre la cama, mismas que fueron el pretexto del pleito mañanero (Elizondo, R., Setenta); Llegaron a su casa y le encontraron cierta cantidad de droga, misma que utilizaba para vender a expendios pequeños (Nuevo Diario [R. Dom.] 3/7/2003); Esta línea les brinda educación elemental, proporcionándoles un criterio cognoscitivo, más amplio y definido, mismo que deberá aplicar correctamente en la vida diaria como servidor público (Proceso [Méx.] 26/1/1997); Y cada molécula de mi organismo, así, fue sujeta a un prolongado e intenso bombardeo, mismo que se apaciguó en el momento de sentarme (María, Fábrica); Creo que todos ustedes han sido testigos de mi victoria, misma que algún día me agradecerán (Olivera Figueroa, Enfermera).

Véase también, en relación con este uso, el § 13.11n.

44.5v Es también característica de las relativas explicativas la anteposición del atributo en las oraciones copulativas construidas con el verbo ser, principalmente cuando el sustantivo o el grupo nominal antepuesto designan un estado (muy a menudo, una ocupación o un oficio). Esta construcción es hoy típica de la lengua literaria. Se subraya el atributo antepuesto:

Tengo el honor de dirigirme a Usía Ilustrísima y Reverendísima con el debido respeto para volver a hacer hincapié en lo expuesto por el general Enrique Gorostieta, jefe que fue de la Guardia Nacional (Pombo, Ventana); Por pura casualidad vino a conocer a María del Tránsito, sirvienta que fue de Sara Lirio, la inolvidable amante de Ramón (Elizondo, R., Setenta); A mi padre lo mató una diabla vieja llamada Romaine La Prophetesse, mala mujer que fue de viva, imagínese lo que fue después de muerta (Montero, M., ); Madame de Castiglione, una belleza insolente y taciturna, amante que fue de Napoleón iii y agente de Cavour para conseguir que Francia apoyara a los Saboya contra Austria […] (Luján, Espejos).

Estas construcciones asumen los valores contextuales de los tópicos, que no son necesariamente elementos preoracionales, tal como se explica en el § 40.2k. La anteposición del atributo en las oraciones exclamativas, como en ¡Listo que es el muchacho!, se analiza en el § 42.15h.

44.5w La anteposición del atributo que se describió en el apartado precedente solo es factible si este carece de determinante (*el jefe que fue…). Está ligada, además, a la presencia de marcas gramaticales de aspecto perfectivo en el verbo de la subordinada. Las relativas explicativas de atributo antepuesto se distinguen de los grupos nominales apositivos en que estos últimos presentan menores restricciones sintácticas. De hecho, se admiten con otros verbos además de ser, como en Rosendo Peláez, médico forense que vivió muchos años en Badajoz, y aceptan, a diferencia de las anteriores, relativas preposicionales: Los acusadores de Marchena habían llegado al extremo de considerarle un agente de la corte española, idea a la que probablemente no era ajeno el hecho de que […] (Fajardo, Epopeya). Se retomará esta última construcción en el § 44.8j.

44.5x Las relativas explicativas de atributo antepuesto también se distinguen de las construcciones que se subrayan en los ejemplos siguientes:

Ágil y fuerte como era, se me sentó encima a horcajadas (Alou, Aportación); Bertrán, imperturbable como le gustaba presentarse siempre, opinaba que ni los escrúpulos ni la convicción tenían, en aquel momento, utilidad alguna (Argullol, Razón); El hijo de la abortera doña Angélica, terco como era desde antes de nacer, soliviantaba nocturnamente a sus compañeros (Vargas Llosa, Tía).

Estas construcciones tienen sentido causal, puesto que en ellas se dan razones para apoyar lo que se ha afirmado o para justificar lo que se va a afirmar. Se han propuesto dos análisis de su estructura sintáctica. En el primero, como sería una conjunción subordinante en Ágil y fuerte como era… de modo que el atributo del verbo ser se adelantaría a una posición inicial de foco, aproximadamente como en ¡Qué rápido que van!42.15), donde que es conjunción en lugar de relativo. En el segundo análisis, como era constituiría una relativa especificativa cuyo antecedente sería el grupo adjetival ágil y fuerte. Este segundo análisis parece contar con menos argumentos a su favor, ya que obliga a suponer que los adjetivos pueden ser modificados por relativas especificativas o convertirse en antecedentes de los relativos. Estas oraciones carecen del artículo neutro lo. Sobre el análisis de la pauta lo fuertes que eran, véanse los § 42.16r, s.

44.5y En la mayor parte de las áreas hispanohablantes se rechazan las relativas especificativas cuyo antecedente presenta un posesivo antepuesto (su novio que trabajaba con ella, agramatical en muchas variedades del español, pero no en todas), a diferencia de las explicativas (su novio, que trabajaba con ella). Estas construcciones se analizarán en los § 44.8e, f.

 

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