Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
consejería

1. 'Cargo de consejero': «Desempeñó bastantes años la consejería delegada del Banco de Santander» (Otero Fundamentalismos [Esp. 2001]); 'órgano o sede de un consejo': «El joven secretario privado del presidente Samper […] acaba de ser encargado de la Consejería para la Seguridad Nacional» (Semana [Col.] 1-8.10.96); y, en España, 'departamento de gobierno de una comunidad autónoma': «Este es un balance rápido de lo realizado por cada una de las consejerías del Gobierno regional» (Mundo [Esp.] 1.7.1996). En algunos países de América significa también 'asesoramiento': «El equipo de profesionales […] debe estar suficientemente preparado para brindar apoyo y consejería tanto al paciente como a los familiares» (Ruiz Atención [Chile 1994]). Solo cuando forma parte del nombre completo de un organismo o entidad, se escribe con mayúscula inicial (→ mayúsculas, 5.2.20). No debe confundirse con conserjería ('empleo de conserje y lugar donde se ubica'; → conserjería).

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/consejería, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 02/05/2024].

cerrar

Buscador general de la RAE