alamena

Diccionario histórico de la lengua española (1960-1996)

alamena. (Del ár. al-amāna `lealtad, fidelidad'.) f. Custodia, depósito.
a1330? Leyes de moros (1853) 174: Todo omen quel' den algo en a l a m e n a a guardar, non es fiador para lo tornar, salvo sy lo tomare sobre cabeza para lo tornar con testimonio. Ibíd. 175: Et el que diere aver en a l a m e n a , et mierca con ello, es fiador para dar el algo et la ganançia para él et non para el señor del algo.
2. Cosa que se entrega en depósito o para su custodia.
a1330? Leyes de moros (1853) 174: El que diere a otro a l a m e n a et quisyere ir camino, aquel que tiene el a l a m e n a non enpeçe que la dé aquél a otro que la guarde. [...] Et otro sý, el que diere a l a m e n a a guardar e espendiere della algo et se perdiere lo otro, tornará lo que della despendiere a su dueño, et non tornará lo que se perdió. Ibíd. 175: En despender omen el a l a m e n a syn mandado de su señor ay dos cosas: la una que non es derecho, et la otra que es pasadero, sy el que toma el a l a m e n a es omen et el algo desenbargado, et lo espendiere con testimonio. (+ 6 de la misma obra.)

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