Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
proindiviso -sa

1. A partir de la locución latina pro indiviso ('por indiviso, sin dividir'), se ha creado el término proindiviso, tecnicismo del derecho que puede funcionar como adverbio ('en comunidad, sin dividir'): «Hay comunidad de bienes cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece proindiviso a varias personas» (Maldonado/Negrón Derecho [P. Rico 1997]); o como adjetivo ('[bien o derecho] que se posee en comunidad, sin dividir' o 'poseedor de un bien proindiviso'). El adjetivo es normalmente invariable: «Qué hacer en la declaración de la renta con una propiedad proindiviso de la que otro tiene el usufructo» (Jot Down [Esp.] 5.2019); pero también es válido su empleo como adjetivo de dos terminaciones, una para cada género: «En muchos casos la desamortización de esas tierras afectó a los arrendatarios de las tierras proindivisas» (González Desamortización [Méx. 2011] 89). Es también habitual su empleo como sustantivo masculino para designar este régimen de propiedad o un bien de este tipo: «Vender un proindiviso implica que el heredero transmita su porcentaje de la propiedad a una empresa» (Vanguardia [Esp.] 26.12.2021).

2. Si se usa la locución latina, debe escribirse en dos palabras y con resalte tipográfico: «Heredarán pro indiviso todos y cada uno de los bienes que integran la masa hereditaria» (Ebrat Sucesiones [Esp. 2010]).

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/proindiviso, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 26/04/2024].

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