Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
reembolso

1. 'Acción de reembolsar(se) una cantidad previamente pagada o entregada'. Tanto este sustantivo como el verbo del que deriva y el resto de voces de la familia se escriben mayoritariamente con la doble vocal etimológica: reembolso, reembolsar(se), reembolsable; no obstante, son también válidas las variantes simplificadas rembolso, rembolsar(se) y rembolsable (→ prefijos, 2.1): «Los bancos acreedores asegurarían el rembolso de unos créditos que […] les han producido ya grandes ganancias» (Vuskovic Crisis [Chile 1990]); «México rembolsará siete mil millones de dólares a Estados Unidos» (Excélsior [Méx.] 27.7.1996).

2. contra re(e)mbolso, contrarre(e)mbolso. Cuando esta expresión se usa con valor adverbial ('de manera que el pago de la mercancía se efectúe en el momento de su entrega', frecuentemente con los verbos enviar, expedir o pagar), se prefiere la escritura en dos palabras: «Hace un mes me hizo escribir al Ayuntamiento […] pidiendo contra rembolso mi partida de nacimiento» (Soriano Sueños [Esp. 1996] 131). En cambio, como adjetivo o como sustantivo ('modalidad de pago en que este se efectúa en el momento de la entrega'), se prefiere la escritura en una sola palabra: «Solo un 16 % utilizó la fórmula del pago contrarreembolso» (Información@ [Esp.] 5.12.2017); «Si se contaran las transferencias bancarias y el contrarreembolso, se superarían los 1000 millones» (Mundo [Esp.] 10.4.2005). No es correcto anteponer a esta expresión las preposiciones a o por: ⊗‍a/por contra re(e)mbolso, ⊗‍a/por contrarre(e)mbolso. Es incorrecta la grafía con una sola r, esto es, ⊗‍contrar(e)embolso (→ r, 3).

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/reembolso, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 02/05/2024].

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