labrador

Diccionario histórico del español de Canarias

labrador

 

labrador. m. Por antonom.: Propietario de un cañaveral.

                3-i-1508 (1978) Datas de Tf i-iv (580-46, p.127): Andrés Suares Gallinato, vecino e regidor. 25 f[anegas] de r[iego] en el valle del Araotava con tal cargo q[ue] hiciéredes un ingenio de agua o bestias para moler e porque mi voluntad fue q[ue] en dicho valle se ficiesen ingenios para moler los labradores e agora se han fecho tantos q[ue] bastan para moler todas las cañas del d[ic]ho valle [...]. 1531 (1974) Ordenanzas de GC (p.147): Otrosy que los labrados de cañas no resciban daño que los señores de los engenos den e paguen a los labradores de las cañas que en sus engenos molyeren a rrazón de quynze arrobas por ciento de los refinados [...]. Ibídem (p.147): [...] que todo esta açúcar refinado que de lo suso dicho se fiziere se parta de por medio llevando el señor del engeno la mitad e la otra mytad el labrador segund la cantidad de las cañas que molyere cada uno [...] e que desta parte del acúcar del labrador el señor de engeno aya la quarta parte por rrazón del trabajo e costa que hazen en lo refinar [...]. 7-v-1555 (2005) Acuerdos del Cabildo de LP (69, p.151): En este cabildo el Sr. Domingo Garçía, reg[idor], dixo que por hordenança hecha en este ayuntamiento se mandó que toda la tablazón que fuese hecha para caxas de açúcar y caxones de pez, que se cargase en esta ysla y se vendiese para mercaderes y otras personas estrangeras que no fuesen cargados por los dueños de los açúcares, que se entiende los labradores de ellos, que pagasen diez e ocho m[a]r[avedí]s por caxa para propios de esta ysla, y de los caxones de pez otra çierta contía, y no se a pagado; que pyde a su merçed mande a los fatores o hazedores de los yngenios y a los almoxaryfes declaren lo que se a cargado, para que se cobren dende el día que se hizo la hordenança y al mayordomo del Conçejo que haga sobre ello lo que convenga. 8-iii-1559 (2005) Protocolos de D. Pérez iv (p.10): Don Alonso Pacheco, alférez mayor y vecino de Canaria, dice que le pertenecen 1.000 ducados por los gastos que hizo en la solicitud del pleito que trató por los Sres. de los ingenios y labradores de cañas de azúcares contra los Sres. Deán y Cabildo de la Iglesia Catedral de Canaria, sobre el modo que se había de tener en diezmar los azúcares que se hacen y fabrican en los ingenios [...].

¨Señala Camacho (p.44) que labrador «se llama siempre al propietario de cañaverales». La palabra debía de tener ya en el siglo xvi el significado que, en 1734, el Dicc. Autoridades iv definía así: «Se llama también el que tiene hacienda de campo, aunque no la cultive por sus manos», acepción que desde el drae-1803 (cuarta edición) se transforma en «Persona que posee hacienda de campo y la cultiva por su cuenta». Por lo tanto, lo que muestran los ejemplos arriba transcritos es la adscripción de la palabra a la terminología azucarera, promovida probablemente por la influencia portuguesa, ya que en Madeira, desde 1466, se había producido tal singularidad (vid. Nunes Nunes, p.466). Todavía hoy, en el portugués de Brasil, junto al significado genérico normal, la palabra lavrador significa también «indivíduo que cultiva cana-de-açúcar em terreno de outrem, a quem paga com uma parcela da produção» (Houaiss). Por otra parte, labrador se usó además con el sentido, ya vigente desde los orígenes del idioma, de «persona que labra la tierra».

 

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ISBN 978-84-88366-95-5 (o.c.)978-84-88366-93-1 (v.1) 978-84-88366-94-8 (v.2)

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